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Apple actualiza su iPhone más barato y lanza un nuevo modelo SE desde 489 euros

Apple ha anunciado el lanzamiento del iPhone SE de segunda generación, que sigue el diseño de su predecesor pero incorpora el chip A13 Bionic y un sistema de cámara de una sola lente. Estará disponible desde 489 euros para su reserva a partir del 17 de abril y se pondrá a la venta el día 24.

El nuevo iPhone SE presenta un diseño de vidrio y aluminio con la parte frontal en negro. En la parte posterior, con acabado de vidrio, ha sido fabricado con un proceso de tinte en siete capas para «conseguir una tonalidad y una opacidad precisas», según informa la compañía en un comunicado.

Es resistente al polvo y al agua (hasta un metro de profundidad durante 30 minutos) y usa una pantalla Retina HD de 4,7 pulgadas con tecnología True Tone, que ajusta el balance de blancos según la luz ambiental. Asimismo, es compatible con la reproducción en Dolby Vision y HDR10 y utiliza la respuesta háptica para las Acciones Rápidas, como reproducir Live Photos, previsualizar mensajes o reorganizar apps.

El iPhone SE también incorpora el botón de inicio con sensor y anillo dactilar compatible con Touch ID. Esta característica de seguridad, como detalla la compañía, permite rellenar contraseñas con Llavero de iCloud, iniciar sesión en apps, autorizar las compras de la App Store y realizar transacciones con Apple Pay.

El chip A13 Bionic, que Apple ya icorporó en los iPhone 11 y 11 Pro,»hace que todo vaya fluido en el iPhone SE», según aseguran desde la compañía. Cuenta con un Neural Engine independiente de ocho núcleos capaz de procesar cinco billones de operaciones por segundo, dos aceleradores de aprendizaje automático en la CPU y un nuevo controlador de aprendizaje automático.

El iPhone SE es compatible con carga inalámbrica y con la carga rápida, con la que carga hasta un 50 por ciento de batería en tan solo 30 minutos. Es compatible con redes wifi de sexta generación y 4G LTE de clase Gigabit, y tiene soporte para doble SIM con eSIM, con lo que los usuarios podrán tener dos números de teléfono en el mismo dispositivo.

Además, el iPhone SE dispone de un sistema de una sola cámara, con un gran angular de 12 megapíxeles y apertura de f/1,8, y emplea el procesador de señal de imagen y el Neural Engine del chip A13 Bionic para aprovechar más avances de la fotografía computacional, como el modo Retrato, los seis efectos de Iluminación de Retratos y Control de Profundidad.

Una novedad en el nuevo iPhone SE es el HDR Inteligente de última generación, que reconoce a los sujetos que aparecen en el encuadre y reajusta la luz para dar más naturalidad y pulir los detalles de las luces y las sombras. Los vídeos son compatibles con la grabación de sonido estéreo y la estabilización de vídeo con calidad de cine en la cámara frontal y trasera. La cámara trasera graba en alta definición 4K hasta 60 f/s, y utiliza el rango dinámico ampliado para conseguir un mayor nivel de detalle hasta 30 f/s.

El iPhone SE funciona con iOS 13, y estará disponible en modelos de 64, 128 y 256 GB en negro, blanco y rojo.

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El sector publicitario reclama al Gobierno medidas para incentivar la inversión en los medios de comunicación

El sector publicitario ha pedido al Gobierno español una desgravación fiscal del 30 % para las inversiones publicitarias en medios de comunicación en 2020, como ha hecho Italia, con el objetivo de incentivar esta actividad que se verá afectada por la crisis del coronavirus.

En una carta dirigida a la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y a la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, distintas asociaciones de medios y de publicidad solicitan además que la Administración General del Estado mantenga su compromiso de inversión en publicidad.

Entre ellas, la Asociación Española de Anunciantes, la Asociación de Medios de Información (AMI), la Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas, la Asociación Española de Radiodifusión Comercial, Autocontrol, Uteca, AIMC y la Asociación de Agencias de Medios. Alegan que la actividad publicitaria tiene un efecto multiplicador sobre todos los sectores económicos.

«En estos momentos de profunda crisis y anticipándonos al periodo de recuperación que tendremos por delante, las medidas propuestas contribuirán a incentivar la actividad, a mantener puestos de trabajo, al mantenimiento de los medios de comunicación y tendrá un impacto directo sobre la recuperación económica de las empresas y del país», defienden.

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WhatsApp, Instagram, Facebook… así usamos las redes sociales en tiempos de coronavirus

WhatsApp es la aplicación de mensajería que más está creciendo en uso durante la pandemia del nuevo coronavirus, con un incremento del 76% en España, frente al 40 por ciento de crecimiento generalizado.

Las aplicaciones y los servicios de mensajería permiten mantener el contacto a distancia con familiares y amigos, por lo que el tiempo que se les dedica se ha incrementado durante la crisis generada por el nuevo coronavirus a nivel global.

En el caso concreto de España, los datos de Kantar señalan un incremento del tiempo dedicado a WhatsApp del 76%, por encima del 40% de crecimiento registrado en líneas generales, y del 50% indicado por Facebook hace unos días.

En China, primer país en verse afectado por el coronavirus, también ha crecido el uso de las aplicaciones locales, como WeChat o Weibo, que han experimentado un incremento del 58%.

Este mayor uso se ubica principalmente en la franja de edad de entre 18 y 34 años. Kantar señala que el crecimiento de WhatsApp, Facebook e Instagram ha sido de más del 40 % entre los menores de 35 años.

Además de este tipo de aplicaciones, durante la pandemia se ha registrado un incremento en el uso de los navegadores web (70%), la televisión tradicional (63%) y las redes sociales (61%).

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El vídeo 3D que muestra cómo se propagaría el coronavirus por el aire al toser en un supermercado

Un estudio elaborado por científicos finlandeses apunta a que las partículas de aerosol que contienen coronavirus pueden permanecer en el aire «más tiempo del que se pensaba originalmente».

Investigadores de la Universidad de Aalto, el Instituto Meteorológico de Finlandia, el Centro de Investigación Técnica VTT y la Universidad de Helsinki han estudiado cómo viajan por el aire las partículas en aerosol emitidas al toser, estornudar o hablar y que pueden contener patógenos como el coronavirus.

Los científicos elaboraron un modelo en 3D que muestra un escenario en el que una persona tose en un pasillo entre estanterías, como en un supermercado, teniendo en cuenta las condiciones de ventilación propias de un espacio como este, y que puedes ver aquí:

 

Las cuatro citadas instituciones, que realizaron el modelo de forma independiente, alcanzaron el mismo resultado preliminar: la nube de aerosol se extiende más allá de las inmediaciones más cercanas a quien tose, diluyéndose en el proceso, algo que puede tardar varios minutos.

Así, una persona contagiada podría toser y alejarse, pero dejar tras de sí «partículas de aerosol extremadamente pequeñas transportando el coronavirus», que podrían acabar en el tracto respiratorio de otras personas cercanas, de acuerdo con el profesor Ville Vuorinen, de la Universidad de Aalto.

Estos resultados preliminares, apuntan los expertos, apuntan a la importancia de evitar espacios cerrados concurridos, lo que también reduciría el riesgo de infección por gotas, la causa más frecuente de contagio, según la citada universidad.

El modelo 3D se realizó a partir de una simulación realizada por un superordenador, para partículas inferiores a 20 micrómetros. Para una tos seca, síntoma típico del COVID-19, el tamaño de las partículas habitualmente es inferior a los 15 micrómetros. Las partículas tan pequeñas, indican los especialistas, no se hunden hacia el suelo, sino que se mueven con las corrientes de aire o permanecen flotando. El virus de la gripe A, por ejemplo, puede encontrarse en partículas inferiores a los cinco micrómetros.

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El FMI prevé un desplome de la economía española del 8% por el coronavirus

Desplome en la economía española a causa del coronavirus. El FMI prevé que el PIB caerá un 8 % y la tasa de desempleo aumentará seis puntos, hasta el 20,8 %, en 2020, debido a la «crisis sin precedentes» provocada por la pandemia del COVID-19, según indica en su informe de «Perspectivas Económicas Mundiales».

El PIB de la zona euro se contraerá un 7,5 % este año, según el Fondo, que calcula que, de entre las cuatro mayores economías de esta área, Italia es la que registrará una contracción mayor, ya que alcanzará el 9,1 %; seguida de España, con una caída del 8 %; Francia, con un 7,2 %; y Alemania, con un 7 %, en lo que suponen cifras no vistas en Europa desde la Segunda Guerra Mundial.

«En parte de Europa, el brote ha sido tan grave como en la provincia china de Hubei (…) Aunque son esenciales para contener el virus, el confinamiento y las restricciones a la movilidad están dando un duro golpe a la actividad económica», explica el Fondo en su documento.

Hace apenas tres meses, el organismo vaticinaba un crecimiento del 1,6 % de la economía española para este año y del 1,3 % para el conjunto de la zona euro. Asimismo, el Fondo prevé que el índice de desempleo pase del 14,7 % con el que cerró 2019 al 20,8 % al término de este año.

Para 2021, sin embargo, anticipa una progresiva recuperación del PIB español, con un crecimiento económico estimado del 4,3 %, una tasa que se eleva al 4,7 % en el caso de la zona euro.

No obstante, el informe, coordinado por Gita Gopinath, economista jefe del Fondo, reconoce el «elevado nivel de incertidumbre» y apunta que el escenario base, que contempla que la pandemia comience a desaparecer en la segunda mitad del año, podría empeorar.

El Gobierno reconoce que las previsiones suponen unas «caídas muy importantes»

Sobre estas previsiones, la ministra Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha señalado que «son caídas muy importantes del crecimiento de nuestro país, del crecimiento de la zona euro y del conjunto de Europa».

Montero ha destacado que «quizá la única luz que aparece dentro de esa información es que crecimiento proyectado para el año siguiente, que se sitúa en torno a un 4% y va en dirección a lo que está diciendo este Gobierno, que está intentando paliar esa caída».

El organismo celebra esta semana, junto con el Banco Mundial, su tradicional asamblea de primavera, pero en esta ocasión adoptará un formato virtual debido al coronavirus.

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¿Cómo se obtiene el número de referencia para la renta 2020?

El número de referencia es un sistema de autenticación para acceder a los servicios de tramitación de la renta y/o patrimonio, tal y como explica la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Este número, junto con el Número de Identificación Fiscal o NIF, te permiten identificarte en el servicio Renta web de la Agencia. Desde aquí, podrás acceder al borrador de tu declaración y podrás realizar todos los trámites con Hacienda de forma telemática.

Gracias a el número de referencia, AEAT te facilitará tus datos fiscales y agilizará el proceso de gestión relacionado con tu declaración del IRPF, de ahí la importancia de obtener el tuyo.

¿Cómo puedo obtener mi número de referencia?

Desde el pasado lunes 23 de febrero, ya puedes tener acceso a tus datos fiscales a través de la página web de la administración y también obtener tu número de referencia.

Este número se puede conseguir en el portal de Renta 2019 en la opción «Obtenga su número de referencia RENO» introduciendo los siguientes datos: importe de la casilla 505 de la declaración de Renta de 2018, DNI/NIE y su fecha de validez, expedición o número de soporte.

Si el contribuyente no hubiera presentado declaración de Renta en 2018 o el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, deberá disponer del número IBAN de una cuenta bancaria en la que figure como titular.

El número de referencia tiene vigencia hasta el inicio de la campaña de renta siguiente, o hasta que se obtenga una nueva, la cual invalida la anterior.

El número de referencia en el servicio Renta web

Renta web es el servicio de ayuda para tramitar y presentar la declaración de renta que ofrece la propia Agencia Tributaria. Por supuesto, antes de realizar cualquier gestión debe identificarse y solo podrá hacerlo a través de tres vías: el número de referencia, el certificado o DNI electrónico o del Registro en Cl@ve con un número PIN.

Una vez estés correctamente identificado, AEAT te facilitará los datos fiscales que te servirán para la obtención del borrador y para agilizar el proceso de tramitación y gestión.

Como ya hemos visto, obtener el número de referencia es muy sencillo y en la página web de la Agencia Tributaria están los pasos que debes seguir para conseguir el tuyo. No es necesario que salgas de casa para hacer tu declaración del IRPF, lo tienes todo a golpe de clics.

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La razón por la que la lejía siempre debe mezclarse con agua fría para desinfectar

Las labores de limpieza y desinfección son muy importantes durante la pandemia por coronavirus para evitar su contagio y propagación. Por eso, un uso correcto de los productos adecuados es esencial.

Uno de los más eficaces para esta tarea, por no decir el que más, es la lejía, también conocida como hipoclorito sódico. Sin embargo, puede que este producto lo estés utilizando mal. ¿La razón? Si la mezclas con agua caliente, la lejía «se evapora» y no se puede «garantizar su concentración». Esto es porque el hipoclorito a esa temperatura se descompone generando gases tóxicos por lo que el cloro se queda en el ambiente y no en la solución de limpieza.

Así lo ha confirmado la experta en industria alimenticia Gemma del Caño a Maldita Ciencia haciendo hincapié en que hay que renovar esta mezcla cada día. «Debemos preparar la lejía diariamente y en agua fría en las proporciones adecuadas, esa es la única alternativa», explica la experta para una correcta desinfección.

La proporción a la que se refiere es la que indica la Comunidad de Madrid en su página web. Una disolución de lejía al 1:50 que se consigue echando 20 mililitros de lejía casera dentro de una botella de un litro llena de agua del grifo. Para que se integren de forma correcta hay que cerrarla y darle la vuelta varias veces. Una mezcla que habría que hacer como señala Gemma del Caño el mismo día de su uso para que el producto de limpieza no pierda sus propiedades y llegue a su finalidad: desinfectar.

Para ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha facilitado una serie de recomendaciones: eliminar previamente la suciedad con agua y jabón, respetar la dosis de lejía recomendada (con unas gotas basta), diluirla en agua fría, prestar atención y llevar especial cuidado con posibles salpicaduras en la cara, ojos y ropa y ventilar bien tras su uso.

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Arranca la campaña de la Renta: así puedes acceder al borrador con certificado electrónico

Este miércoles 1 de abril arranca la campaña de la renta, que será atípica debido a las circunstancias especiales en las que se encuentra el país por la crisis del coronavirus. Ante el estado de alarma decretado por el Gobierno, desde este miércoles los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones por internet a través del programa renta web o de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, mientras que para hacerlo vía telefónica habrá que esperar hasta el 5 de mayo y presencial hasta el 13 de mayo.

El certificado electrónico es una firma digital que se instala en el navegador para garantizar su identidad en Internet y que permite realizar gestiones desde el ordenador, dispositivo móvil o tablet en la Sede Electrónica de distintos organismos oficiales. Si no quieres esperar y dispones de este certificado, te explicamos cómo obtener el borrador o declaración en el servicio Renta web de la Agencia. Para ello debe acceder al portal de Renta 2019 y, dentro de «Trámites destacados», seleccione «Servicio de tramitación borrador /declaración (Renta WEB)».

¿Cómo se obtiene el borrador o declaración de la renta con certificado electrónico? | Agencia Tributaria

Le aparecerá una nueva pantalla en la que deberá hacer clic en «Acceda con certificado o DNI electrónico» y seleccione el certificado para identificarse. A partir de este momento podrá acceder a los servicios disponibles de su expediente, para consultar el borrador, modificarlo o presentar la declaración, seleccione «Borrador/Declaración (Renta WEB)».

Comprobación de los datos

Si es la primera vez que accede, la Agencia Tributaria explica que una ventana inicial le mostrará sus datos identificativos y del resto de componentes de la unidad familiar, unos datos que deberá revisar y realizar las modificaciones necesarias antes de continuar, y recuerda que algunos datos como el estado civil o la información sobre hijos menores de edad o incapacitados judicialmente sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada no podrán ser modificados posteriormente.

Si está casado pero desea hacer el cálculo de la declaración individual deberá marcar la casilla habilitada a tal efecto. En caso contrario, deberá indentificar al cónyuge con su referencia.

En caso de hacer accedido a Renta WEB anteriormente, una ventana emergente le informará de la existencia de una declaración previa, que puede recuperar desde la opción «Continuar sesión». También puede comenzar una «Nueva declaración», incorporando los datos fiscales.

Una vez haya revisado todos los datos, accederá al resumen de resultados desde donde podrá tanto comprobar el resultado de la declaración

Tras la revisión y aceptación de datos, si la aplicación detecta que se deben trasladar a la declaración datos fiscales adicionales, siga las instrucciones de las siguientes ventanas para incorporar esta información, una vez la aplicación disponga de todos los datos, accederá al resumen de resultados desde donde podrá tanto comprobar el resultado de la declaración para cada modalidad y completar la declaración, si fuera necesario.

Desde el Resumen de declaraciones, dentro de cada modalidad, podrá obtener una Vista previa en PDF, comprobar sus datos fiscales o presentar la declaración. El servicio se ofrece en todas las lenguas cooficiales.

Cabe recordar que a pesar del estado de alarma vigente, la Agencia Tributaria ha informado de que se mantiene el calendario y no prevé ninguna modificación del mismo.

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Google ‘mete’ un tiburón o un panda en nuestra casa: así puedes activar su nuevo truco

El periodo de confinamiento está dando lugar a todo tipo de ocurrencias para matar el tiempo. Google ha aportado una experiencia para sus usuarios implementando sus avances en realidad aumentada en nuestras casas.

Se trata de una funcionalidad por la cual puedes meter a animales como tigres, tiburones, osos panda o serpientes a través de esta realidad aumentada, con modelos en 3D de estos animales.

Esta función, anunciada en la conferencia I/O de Google del año 2019, no es fácil de encontrar, pero una vez se hace por primera vez, es complicado parar. El proceso no puede ser más sencillo.

En la barra de búsqueda del popular buscador, tenemos que poner el nombre de uno de los animales que queremos que aparezcan en la pantalla de nuestros smartphones. Una vez le demos a buscar, aparecerá una pantalla en la que nos pondrá ‘Ver en 3D‘.

Esta es la lista completa de los animales con los que esta función está activa:

  • Caimán
  • Rape
  • Oso pardo
  • Gato
  • Leopardo
  • Perro (Labrador, pug o Rottweiler)
  • Pato
  • Águila
  • Pingüino
  • Oso panda
  • Cabra
  • Erizo
  • Caballo
  • León
  • Guacamayo
  • Pulpo
  • Tiburón
  • Pony
  • Serpiente
  • Tigre
  • Tortuga
  • Lobo

Además de estos animales, hay otros modelos en 3D que Google tiene incorporados para aquellos que sean curiosos, como el esqueleto humano o incluso planetas (Mercurio, Venus, la Tierra, Marte, Júpiter, Saturno, Neptuno, Urano y Plutón).

Sin embargo, estos modelos no aparecen con la misma frecuencia que los animales, llegando a incluso desaparecer de la página de resultados.

Requisitos para habilitar esta función

Lo cierto es que la mayoría de los teléfonos actuales son capaces de hacer que veamos estos objetos en 3D. Estos son los requisitos mínimos que los smartphones o tablets deben cumplir:

Android: smartphone o tablet con Android 7.0 o superior con Google Play Store preinstalado

iOS: iPhone o iPad con iOS 11.0 o superior.

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Guía para pymes y autónomos: ¿cómo acogerse a la moratoria por el estado de alarma?

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una moratoria en el pago de las cuotas a la Seguridad Social para pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos, aunque con algunas condiciones.

Una medida que ambos colectivos llevaban exigiendo desde que se decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo, pero insuficiente y que «llega tarde». «Nos han pegado un sablazo a 3,2 millones de autónomos cobrando la cuota del mes de marzo», ha criticado Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos, en redes sociales.

Estas son las preguntas y respuestas para las pymes y autónomos interesadas en solicitar la moratoria del pago de cotizaciones a la Seguridad Social, así como el aplazamiento del pago de deudas.

¿Cómo solicitar la moratoria del pago de cotizaciones?

Las solicitudes correspondientes a las moratorias en el pago de cotizaciones, los aplazamientos en el pago de deudas y las devoluciones de ingresos indebidos para autónomos y pymes se harán a través del sistema de remisión electrónica de datos (RED) de la Seguridad Social.

En el caso de los autónomos, también podrán presentarse las solicitudes por los medios electrónicos disponibles en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS). En cualquier caso, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá habilitar cualquier otro medio electrónico distinto al Sistema RED o SEDESS para que se efectúe la solicitud.

Según establece el Real Decreto, las empresas y autónomos deberán presentar solicitudes individualizadas para cada código de cuenta de cotización donde figuren de alta los trabajadores sobre los que se solicita dicha moratoria del pago de cotizaciones.

En el caso de autónomos que se hayan acogido al cese de actividad y hayan pasado a recibir la prestación regulada en el Real Decreto Ley 8/2020 y que no hayan ingresado en plazo las cotizaciones de los días trabajados del mes de marzo, antes del estallido de la crisis, podrán abonarlas fuera de plazo sin recargo.

¿En qué meses puedo aplazar la cuota?

El período de devengo, en el caso de las empresas estará comprendido entre los meses de abril y junio de 2020 y, en el caso de los trabajadores autónomos entre mayo y julio de 2020, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido por el estado de alarma.

¿Cuál es el plazo para solicitar la moratoria?

El BOE recoge que las solicitudes de moratoria deberán comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes a los períodos de devengo señalados, sin que en ningún caso proceda la moratoria de aquellas cotizaciones cuyo plazo reglamentario de ingreso haya finalizado con anterioridad a dicha solicitud.

¿Cuál es el plazo para saber si me han concedido la moratoria?

La concesión de la moratoria se comunicará en el plazo de los tres meses siguientes al de la solicitud, a través de los medios por los que se ha solicitado, es decir, a través del sistema de remisión electrónica de datos (RED) de la Seguridad Social o los medios electrónicos disponibles en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS).

Por otra parte, se advierte a las empresas o autónomos que las solicitudes presentadas que contengan falsedades o incorrecciones en los datos darán lugar a las sanciones correspondientes.

¿Quién puede acogerse a la moratoria del pago de cotizaciones?

El Gobierno no ha comunicado todavía cuáles serán los requisitos y condiciones para solicitar las moratorias, que se establecerán mediante Orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

¿Quién puede solicitar el aplazamiento del pago de las deudas con la Seguridad Social?

Las empresas y los autónomos incluidos en cualquier régimen de la Seguridad social o los autorizados para actuar a través del Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social (Sistema RED), siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020.

El interés será del 0,5% en lugar del previsto en el artículo 23.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Estas solicitudes de aplazamiento deberán efectuarse antes del transcurso de los diez primeros naturales del plazo reglamentario de ingreso.